TRÁMITES FUNERARIOS
Cuando fallece un familiar entramos en una fase de duelo cargada de dolor y de tristeza. A pesar de la situación, es necesario realizar toda una serie de trámites funerarios.
En un momento de tanta confusión, disponer de los servicios de una funeraria es un gran apoyo porque sabe, que les podemos infomar de todo.
Trámites funerarios tras el fallecimiento de un familiar
1. Certificado de fallecimiento
Es el primer paso. El certificado de defunción lo expide el médico tras confirmarnos la muerte. Si la persona que has perdido ha manifestado por escrito la voluntad de donar sus órganos, hay que comunicárselo en ese mismo momento.
2. Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil
Del lugar donde se ha producido el fallecimiento. Durante las 24 horas que siguen al fallecimiento, hay que realizar la inscripción en el Registro Civil. Este trámite generalmente lo gestiona la funeraria, ya que es un paso necesario para que se pueda realizar el entierro o la incineración. Seguidamente en el registo se expedirá la partida de defunción, que usted podrá utilizar para futuras gestiones tales como herencia etc etc…. Se podrán solicitar tantas copias como se quieran.
3. Baja en la Seguridad Social
A partir del año pasado, esta tramitación se hace automáticamente al inscribir la Funeraria el fallecimiento en el Registro Civil. Se deberá hacer por ejemplo, para cancelarse la pensión que cobraba y/o en su caso para comenzar a cobrar pensiones de viudedad/orfandad, etc etc…
4. Últimas voluntades
La gestión del Certificado de Actos de Última Voluntad se podrá gestionar a partir de los quince días hábiles, después del fallecimiento. Si no lo tiene, podrá ir al notario para hacer una declaración de herederos. Los días posteriores al deceso son muy duros para los familiares, por eso, nos ocupamos de realizar esta gestión. En este documento se indica si su familiar ha dejado o no testamento. Por otra parte, se ha de tramitar la escritura de Partición de Herencias. Este paso no es obligado hacerlo enseguida. Si fallece uno de los progenitores pero el otro sigue vivo, se puede esperar, ya que para partir la herencia necesitarás ir a un notario para que disuelva el régimen de gananciales del matrimonio. Si además hay algún usufructo, la cosa se complica un poco más. En ocasiones es mejor esperar y mantener la herencia intacta.
5. El seguro de vida
Si tu familiar o ser querido fallecido tenía un seguro de vida que ignoras, o incluso ni sabes si tenía o no seruro de vida, desde la propia funeraria podemos realizar el trámite con el Ministerio de Justicia; pudiendo solicitar así y en su caso, las indemnizaciones a las que tenía derecho en la póliza del seguro de vida, si efectívamente, lo tenía. Este trámite, suele tardar entre 3 y 7 días desde su solicitud ( este puede ser presencial, por correo o por internet ).
Nosotros lo tramitamos rápidamente con nuestra firma electrónica , evitando incómodos desplazamientos y acelerando así el proceso, para obtener dicha información lo antes posible.
6. Impuesto de Sucesiones
Tras la muerte, hay que realizar el trámite para pagar del Impuesto de Sucesiones. El tributo lo cobra la Comunidad Autónoma en la que se haya fallecido, teniendo cada comunidad, sus propios porcentajes. Tendrás seis meses desde el día del fallecimiento, aunque se puede pedir una prórroga de seis meses más. Aunque estés exento de pagar el Impuesto de Sucesiones, es obligatorio rellenar la solicitud y presentar la documentación que se pide.
Estos trámites tras el fallecimiento son obligatorios, aunque los familiares estén sumergidos en un intenso proceso de duelo, confusión, tristeza y dolor.
7. Borrado de huella digital
Facilitaremos esta labor tan engorrosa para la familia, de visualizar fotografías, historial e inter-actuación de su ser querido dentro de las redes sociales; tras una autorización de la familia a la funeraria, nos encargaremos de tramitar, gestionar y borrar todos los datos que el/la difunto/a pueda haber realizado en las distintas redes sociales.
Es muy duro pensar con claridad y estar atentos a cada paso. De ahí que las funerarias brindemos algunos de estos servicios para realizar todas las gestiones legales, además de ocuparnos de vestir a la persona fallecida, trasladar el cuerpo al tanatorio, preparar el entierro o la incineración y buscar una lápida o urna.
Así, los familiares se centrarán en apoyarse los unos a los otros para comenzar a aceptar la pérdida, teniendo la seguridad de que entre, la asesoria de confianza familiar ( en los trámites más complicados ) y la funeraria se ocuparán de todos los trámites necesarios.